Última modificación: 18 de diciembre de 2024
Reglamento interno del SCC
Como exige la Ley de Utah (53G-7-1203(10))
Para promover el comportamiento ético y el discurso civil cada miembro del consejo deberá:
- Asistir a las reuniones del Consejo puntualmente y preparado
- Tomar decisiones teniendo como objetivo principal las necesidades de los alumnos
- Escuchar y valorar las opiniones diversas
- Asegúrese de que las opiniones de sus representados se tienen en cuenta en los debates.
- Exigir responsabilidades y estar dispuesto a rendirlas
- Actuar con integridad
Reglamento interno
Todas las reuniones están abiertas al público y éste es bienvenido. El orden del día de cada reunión con el borrador del acta de la reunión anterior se pondrá a disposición de todos los miembros del consejo al menos con una semana de antelación, se publicará en la página web del colegio y estará disponible en la oficina principal. El orden del día incluirá la fecha, la hora y el lugar de la reunión.
Se levantarán actas de todas las reuniones, preparadas en formato borrador para su aprobación en la siguiente reunión programada. El consejo preparará un calendario para el año escolar que incluya las fechas de vencimiento de todos los informes requeridos y otras actividades/tareas que el consejo acuerde asumir o en las que acuerde participar. El calendario ayudará a preparar los órdenes del día para garantizar que el consejo realice su trabajo a tiempo.
El consejo está formado por el director, 3 empleados de la escuela que son elegidos en años pares, 2 empleados de la escuela que son elegidos en años impares y 8 padres miembros, la mitad de los cuales son elegidos en años pares y la otra mitad en años impares. En caso de empate en una elección, el director lanzará una moneda al aire para determinar el resultado.
El presidente dirige las reuniones, asigna tareas y solicita informes sobre las mismas. En ausencia del presidente, el vicepresidente dirigirá las reuniones.
El consejo debe tener quórum para votar. El quórum equivale a la mayoría de los miembros del Consejo.
Si un padre miembro se ausenta de dos reuniones consecutivas, el presidente notificará al miembro que si no asiste a la siguiente reunión, el consejo considerará vacante el puesto y los padres miembros restantes nombrarán a un padre para cubrir el período no vencido. El consejo debe determinar un procedimiento para que un miembro del consejo revele un conflicto de intereses si así lo requiere la junta escolar local. Las reuniones se llevarán a cabo y las acciones se tomarán de acuerdo con reglas muy simplificadas de procedimiento parlamentario como se requiere en 53G-7-1203(10). Las acciones del consejo se tomarán mediante mociones y votaciones con votos y mociones registrados en las actas.